Yo creo que cada uno en la vida hace lo que buenamente pude, quiere y, en el mejor de los casos, considera oportuno o le gusta. Por eso resulta bastante patético, de entrada, oír a algunos políticos lamentándose de las cantidades ingentes de dinero que han perdido al dedicarse a la cosa pública, esencialmente porque se supone que el que se dedica a eso es porque le gusta, más que por una necesidad, eso si exceptuamos casos como los que no se han dedicado a otra cosa en la vida como pudieran ser un Zerolo, un José Manuel Bermúdez,
Jaime Hernández Abad o un Javier Abreu (que nunca ha estado en el gobierno ni le hace falta mientras le siga echando mierda a Santiago Pérez por las radios y televisiones del régimen), entre otros muchos lamentables malos ejemplos.
Pero el caso de José Manuel Soria -el de "¡ARRIBA ESPAÑA!"- es más paradigmático, esperpénticos y desvergonzado aún si cabe. Porque no es que sólo él haya estado dispuesto a 'sacrificarse' por el bien de todos nosotros dedicándose a ocuparse voluntariamente de los problemas que atañen al interés general (desde un punto de vista estrictamente teórico, visto lo visto), sino que el individuo ha metido en lo mismo a hermanos suyos pese a que manifiesta que ha perdido nada menos que un millón de euros en el negocio. Vamos, lo que algunos no aspiramos a ganar ni en toda una vida de trabajo éste lo ha botado en pocos años, por lo visto, por meterse en política. Aunque si el día de mañana le pasara, por un golpe de suerte, como a su compañero
Eduardo Zaplana, que ha desembarcado en Telefónica con todos los 'honores' pese a que no se le conozca mucha experiencia en el sector, sin duda el señor Soria podrá resarcirse del grave quebranto que ha supuesto para su economía doméstica el paso por la política. Según nos cuenta y que me dan ganas hasta de llorar.
No obstante, y como consejo para el señor Soria, yo estoy con Salvador Iglesias cuando decía que eso de retirarse "con una pensión de trescientas mil pesetas" es una puta mierda. Téngalo en cuenta, lo que hay que hacer es dar el salto a la empresa privada en el momento oportuno, "dejando amigos en el gobierno, en la oposición" y así quedar bien colocado y/o situado (con la ventaja añadida de que nada de eso es delito según el TSJC). Que hasta Zerolo pensaba hacerlo en las pasadas elecciones pero la dichosa Farnés le obligó a cambiar de planes sobre la marcha hasta mejor ocasión. ¿Qué es eso de volver uno a sus ocupaciones habituales, profesión u oficio después de dejar la política? En el caso de Zerolo, obviamente, no es nada porque nunca ha hecho otra cosa al igual que otros muchos profesionales del coche oficial.
Pero, independientemente de la pena que nos produce a todos los lamentables quebrantos económicos a los que se ha visto sometido el señor Soria, yo, francamente, considero que alguien debería analizar también la impresionante tragedia que supone, para una tierra como ésta, que un simple concurso eólico haya tenido que ser suspendido y retirado porque unos cuantos irresponsables (por hablar muy finamente), entre ellos el señor Soria y su hermano, no hicieran las cosas con fundamento y con un poco de vergüenza. Y yo no digo lo que hicieron ni lo que dejaron de hacer, lo que sí es cierto es que bajo su responsabilidad pasó de todo, y lo relatan perfectamente (y debe ser cierto todo porque no se conoce denuncia alguna de los Soria al respecto) las conclusiones del PSOE en la comisión parlamentaria creada al efecto (ver más abajo).
Y el caso es que a día de hoy, metidos en una crisis energética sin precedentes, el 97% de la energía que se consume en Canarias procede del petróleo. Si ese porcentaje -que todo lo que sea menos de un 30% de renovables en esta tierra es una vergüenza- hubiésemos sido capaces de reducirlo en 10 o 12 puntos con el fallido y ruin concurso eólico de los Soria, estaríamos hablando no del millón de euros que dice haber perdido el hermano principal de los Soria, sino de unas cuantas buenas decenas o centenas de millones que nos harían ver el futuro con otras perspectivas. Sobre todo si alguna empresa pública decente se quedara con una parte de ese pastel, a lo que los Soria también se han opuesto de manera radical en beneficio de otros.
¿Quién, por tanto, ha perdido más con el fichaje del que quiso encandilar a los grancanarios con una gigantesca bandera de España de la que ya nadie se acuerda pese a que costó un ojo de la cara? Yo lo tengo claro, con el '¡ARRIBA ESPAÑA! no hemos hecho un buen negocio. Nos ha salido muy caro además de tener que seguir soportando, día tras día, su extremada soberbia y prepotencia. Que la última es que le ha dado por perseguir a los medios de comunicación díscolos cuando resulta que, hasta las pasadas elecciones locales, el PePe disponía de una cosa digital que se llamaba Off Canarias (o algo así) que eran la leche echando mierda hacia todo el que no rindiera pleitesía al Soria. Perdieron las elecciones al Cabildo y desaparecieron al día siguiente, que hay quien dice que era porque utilizaban los equipos y las dependencias de esta institución en Gran Canaria. Cosa que yo ni sé ni me interesa ya a estas alturas.

Soria se siente ''perseguido'' por CANARIAS AHORA y dice haber perdido un millón de euros por ser político
15-06-08 Soria se defiende atacando
13-06-08 José Manuel Soria defiende su honor en los juzgados

11-11-07 La dependencia absoluta

11-11-07 Canarias pasa de las energías renovables
VOTO PARTICULAR DE SUSTITUCIÓN DEL TEXTO DEL DICTAMEN
POR EL SIGUIENTE: CONCLUSIONES DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN PARA ESCLARECER LOS HECHOS Y ACTUACIONES DE LAS DMINISTRACIONES PÚBLICAS CANARIAS, ASÍ COMO LA DETERMINACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES COMO CONSECUENCIA DEL CONCURSO CONVOCADO POR LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, RELATIVO A LA ENERGÍA EÓLICA
I. Antecedentes.-
A.- Con el fin de poder tener una mayor comprensión del relato de los hechos y de las conclusiones que sobre ellos se pueden extraer, es de interés establecer el marco temporal en el que se desarrollan los acontecimientos que han sido objeto de investigación y valoración por parte de esta Comisión. En el año 2004, la Comunidad Autónoma de Canarias carecía de planificación energética, pues la aprobada en
1989 había quedado desfasada por no haber sido revisada en su momento, a pesar de que la Ley del Sector Eléctrico establecía la obligación de que la planificación energética fuera revisada anualmente.
Tampoco se había desarrollado la Ley 19/2003, de 14 de abril, en concreto las directrices 36 y 140, donde se establece la necesidad de elaboración y aprobación
provisional de la planificación en un plazo máximo de dos años, esto es, antes de abril de 2005.
En el mismo texto legal, en su directriz 37, apartado 2, se recogía la necesidad de elaborar un mapa eólico de cada isla, donde se determinaran las áreas de mayor interés para instalaciones de esa naturaleza. Pues bien, hasta la fecha, tampoco ha sido aprobado este instrumento de planificación.
En definitiva, en el año 2004 se carecía en la Comunidad Autónoma de Canarias de planificación energética, de directrices de ordenación del sector energético y de mapa
eólico, por lo que no se justificaba la adjudicación de potencia eólica sin la previa planificación energética.
B.- Con carácter previo a la exposición de los hechos y a la formulación de conclusiones, resulta de interés poner de relieve la extraordinaria rentabilidad de la explotación de la energía eólica, que además goza de los incentivos previstos en las Directivas de la política europea de fomento de energías renovables, estimándose que el beneficio medio neto anual es de 190.000 euros por MW instalado.
II. HECHOS.-
Primero.- Existen una serie de hechos relacionados con la vinculación existente entre el presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria, D. José Manuel Soria, el ex
Consejero de Industria, D. Luis Soria, y el ex Presidente de la Autoridad Portuaria, Sr. Arnaiz, todos ellos dirigentes del Partido Popular, y que a continuación se detallan:
A.-La empresa pública Megaturbinas de Arinaga, SA, se constituyó el 13 de julio de 2003, con la participación del Instituto Tecnológico de Canarias, la Fundación Puerto
de Las Palmas y la Sociedad de Promoción de Gran Canaria, y con el objeto social del aprovechamiento de las Boletín Oficial del Parlamento de Canarias 11 de abril de 2007 Núm. 145 / 9 energías renovables, particularmente la eólica, recurriendo preferentemente a sistemas que supongan una innovación respecto a los conocidos en Canarias.
B.- El 22 de abril de 2004, después de varios contactos con el consejero de Industria, D. Luis Soria, se celebra una reunión promovida por el presidente de la Autoridad
Portuaria –que también era Consejero de Megaturbinas de Arinaga y conocía sus proyectos– a la que se convoca a D. Esteban del Nero, director de la autoridad portuaria en aquellas fechas y consejero de Megarturbinas; y a Don Francisco Cabrera, consejero y coordinador de Megaturbinas. Asisten también, Don José Ignacio y Doña
Patricia Esquivel y don Juan Carlos Sirviente. Los señores Cabrera y Del Nero comprueban que los Esquívuel y el Sr. Sirviente tiene una información puntual de los planes de Megaturbinas de instalar grandes turbinas eólicas en el muelle de Arinaga.
C.- En mayo de 2004 se sustituye el nombre de la sociedad mercantil Compañía Timanfaya de Estudios de Ingeniería y Sistemas, S.L,, por la nueva denominación de
Promotora de Recursos Eólicos, S.L,, cambiando también su objeto social para poder dedicarse al negocio de la energía eólica, en la que figura como apoderado D. José
Ignacio Esquível Astelarra, procesado en el procedimiento judicial que se sigue, al igual que el presidente de la Sociedad, Don José Luis Santiago Gorrochategui.
D.- El 22 de Junio del 2004, en la Junta Universal de la empresa MEGATURBINAS DE ARINAGA S A. en ruegos y preguntas, el Sr Arnáiz, “manifiesta una idea ya expresada particularmente en contactos informales con los accionistas, la conveniencia de enajenar las acciones de la sociedad a inversores privado que pudieran estar interesados en gestionar el proyecto- que los hay, recalca, considerando que, en primer lugar, ninguna de las entidades que participan en el capital de Megaturbinas de Arinaga S.A. tiene la vocación de acometer y liderar el proyecto empresarial de esta naturaleza; y en segundo lugar, considerando que la Sociedad presenta unas magnificas expectativas de obtener una concesión de potencia eléctrica de la Consejería de
Industria del Gobierno de Canarias y una concesión de dominio público portuario en el nuevo Puerto de Arinaga, otorgada por la Autoridad Portuaria de Las Palmas para
poder instalar la maquinaria, parece el momento de obtener unas plusvalías de la inversión realizada por los socios, el Instituto Tecnológico de Canarias, SA, la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria SA y la Fundación
Puertos de Las Palmas.”
E.- Para apropiarse de los futuros beneficios de la empresa pública, Promotora de Recursos Eólicos en UTE con Mediotec Inversiones solicitan el 22 de julio de 2004 el
suelo público en el que se sustentaba el proyecto de Megaturbinas.
F.- Los días 8 y 9 de octubre de 2004 se lleva a cabo un viaje a Alemania, organizado por la consultora SPA, vinculada a los hermanos Esquível, en el que participa
D. Luis Soria, con el objeto de visitar la empresa que fabrica los aerogeneradores Enercon, que son los aerogeneradores con los que la empresa de los Señores
Esquivel pretende participar en el Concurso Eólico.
G.-El 28 de octubre de 2004 se publica la orden del concurso de energía eólica, en la que se prima la instalación en suelo público, así como la utilización de aerogeneradores
con las características técnicas que tienen los de Enercon, lo que, sin duda, era conocido anterioridad por los hermanos Esquível, que ya habían pedido el suelo y habían realizado la visita a Alemania junto con D. Luis Soria.
H.-El 17 de noviembre de 2004, siguiendo instrucciones expresas del vicepresidente del Cabildo Insular de Gran Canaria, D. Larry Álvarez, miembro relevante Partido
Popular, el consejo de administración de Megaturbinas renuncia a participar en el concurso público de asignación de potencia eólica, con el voto en contra del consejero D. Francisco Cabrera.
El 23 de diciembre de 2004 es despedido por el presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria, D. José Manuel Soria, el consejero discrepante en el consejo de
administración de la sociedad mercantil Megaturbinas. Tal despido fue declarado nulo, según sentencia de 28 de febrero de 2006, constando en la misma que el trabajador
D. Francisco Cabrera fue despedido por denunciar irregularidades.
Ante este panorama, resulta inexplicable que una empresa pública, con un objeto social tan definido, una cuenta de resultados deficitaria y la expectativa de explotación de
energía eólica, haya renunciado a una importante fuente de financiación.
I.- El 2 de diciembre de 2004, el director del puerto, Sr. Hernández, elabora una propuesta de otorgamiento de concesión, supeditada a la aceptación de la entidad
Promotora de Recursos Eólicos 2004, propuesta elevada por el Presidente, Sr. Arnáiz, al consejo de administración.
J.- Finalmente, esta trama no llega a consumarse ya que, en una reunión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, celebrada el 10 de enero de 2005,
varios consejeros se percatan del interés de algunos miembros en favorecer a los señores Esquível, y, a la vista de ello, el señor presidente decide retirar del orden del día la propuesta de otorgamiento de la concesión demanial de suelo público en los Puertos a favor de Promotora de Recursos Eólicos 2004, habiéndose presentado tres
proyectos para la solicitud de parques eólicos en el Puerto de Arinaga que sumaban 40 MW (con un volumen de beneficios anuales aproximados de 880 M de pesetas).
En esa misma reunión del consejo de administración, se hace la propuesta de negociar con Promotora de Recursos Eólicos 2004 la cesión de los proyectos técnicos
presentados, ofreciéndoles los gastos correspondientes para que la Autoridad Portuaria pudiera presentarse al concurso de la concesión de energía eólica.
K.-El 12 de enero de 2005 el presidente de la Autoridad Portuaria suscribe con Promotora de Recursos Eólicos, 2004, un contrato de cesión de derechos.
Núm. 145 / 10 11 de abril de 2007 Boletín Oficial del Parlamento de Canarias
En la cláusula 4ª del contrato se fijan las condiciones económicas y se prevé el reintegro del precio satisfecho por los proyectos si resultaren adjudicatarias del concurso para
la concesión demanial, así como un porcentaje del 3 % de la facturación bruta del parque eólico si no resultaren adjudicatarios de esa concesión del dominio público
portuario.
El 27 de marzo 2006 la Abogacía del Estado emite un informe en que califica el citado contrato de ilegal, nulo y lesivo para los intereses públicos, por el evidente perjuicio
económico que se ocasiona a la Autoridad Portuaria y porque infringe sus propias normas de contratación.
L.- Por último, conviene destacar la siguiente situación que pone en evidencia la relación de D. José Manuel Soria con los hermanos Esquível, habiendo participado en debates en el Consejo de la Autoridad Portuaria sobre asuntos que favorecían
a dichos señores, ha quedado acreditado que, desde junio de 2004 hasta abril de 2006, el presidente del Cabildo de Gran Canaria, D. José Manuel Soria, ha residido de forma gratuita en un inmueble propiedad de la sociedad mercantil Atlantis Building, cuyo principal accionista es el Sr. Esquível, según la documentación contable remitida a esta Comisión. También obra en la documentación de esta Comisión que Don José Manuel Soria estuvo presente en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria cuando se debatió la solicitud de Promotora de Recursos Eólicos 2004 de
concesión demanial de terrenos del Puerto Arinaga, celebrado el día 15 de enero del 2005, sin embargo el Sr. Soria lo negó en su comparecencia en esta Comisión. Asimismo la Autoridad Portuaria remitió a esta Comisión certificado acreditativo de que Don José Manuel y Don Luis participaron en la sesión celebrada el 30 de Junio del 2004, en la que se sometió a votación un asunto relacionado con Operaciones
Portuarias Canarias SA, empresa de los hermanos Esquivel.
Segundo.- Existen asimismo una serie de hechos relacionados con la manipulación de las bases del concurso, que pasamos a explicitar:
A.-La orden de 14 de Octubre del 2004, por la que se convoca concurso público para la asignación de potencia en la modalidad de instalación de nuevos parques eólicos
destinados a verter toda la energía en los sistemas eléctricos insulares canarios, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias, el 28 de octubre del 2004, señalando que la
potencia a instalar era de 344 MW, contemplando un plazo para la presentación de solicitudes de 60 días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE.
En la base sexta del concurso eólico recoge la constitución de la comisión técnica de Evaluación, compuesta por un presidente, nombrado por el Consejero de Industria,
Comercio y Nuevas Tecnologías, y cuatro vocales, nombrados por el presidente de dicha Comisión. La comisión estará asistida por un secretario nombrado por el
Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías.
B.- Se priman en las bases los aerogeneradores sincronos de gran potencia, fabricados, entre otras empresas, por Enercon.
C.-Se prima con un incremento del 20 % la disponibilidad de suelo público para la instalación de los parques, sin hacer mención a la preferencia de explotación por empresas públicas. Es, por tanto, factor decisivo en la adjudicación la instalación en suelo público.
E.- En consecuencia, el solicitante que acudiera al concurso instalando los parques en suelo público y utilizando aerogeneradores de la marca Enercon tendría grandes posibilidades de ser adjudicataria de potencia eólica. El muelle de Arinaga tiene un extraordinario potencial eólico.
F.- La parte del baremo relativa a aspectos medioambientales y socioeconómicos era extremadamente ambigua e imprecisa, hasta el extremo de figurar como valorables
algunos “etcéteras”.
G.-La Orden que regulaba las bases fue anulada por la actual Consejera de Industria, Sra. Tejedor, en diciembre de 2005, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, que anulaba el Decreto 53/2003, de 30 de abril, por el que se regulaba la instalación y explotación de los parques eólicos en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Canarias.
Tercero.- Los hechos que guardan relación con la expedición de certificados de disponibilidad de suelo público para todos los solicitantes por parte del Cabildo de
Gran Canaria, Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria y varios Ayuntamientos gobernados por el Partido Popular, se concretan en la siguiente secuencia:
a) El 2 de diciembre del 2004, en sesión ordinaria del Consejo Insular de Aguas, se tramita, a propuesta de la consejera de Educación y Patrimonio y con carácter de
urgencia, acordar destinar a la instalación de nuevos parques eólicos la Finca de Piletas, como cesión de bienes en arrendamiento, con una renta fija del 6% de su valor y una
renta variable del 15% de la facturación, facultando ampliamente a la consejera para la ejecución del acuerdo.
b) El 12 de enero del 2005 se emite certificado de disponibilidad de suelo público a los 35 solicitantes, condicionado a la obtención de potencia eólica por parte de la Consejería de Industria.
c) Esta breve tramitación carece de informe de Intervención, de informe de Secretaría y de publicación en boletines –sólo se público en dos periódicos, La Provincia y Canarias 7– y no se aplicó el Reglamento de Bienes, que obliga a sacar a concurso los arrendamientos de bienes públicos superiores a cinco años.
d) El trámite seguido por el Cabildo Insular de Gran Canaria es similar: se inicia la cesión en arrendamiento de los cauces de barrancos de Arinaga, la Aldea y Tirajana el
día 15 de noviembre del 2004; se trata como asunto de urgencia en la Junta de Gobierno de la fecha indicada y, posteriormente, el 24 de noviembre el vicepresidente suscribe un decreto abriendo un plazo de solicitudes que finalizaba el día 30 de diciembre del 2004, si bien se contempla como criterio de selección de solicitudes la más beneficiosa, partiendo de un plazo de arrendamiento del 25 años y de un
canon de 18 euros el metro cuadrado y quedando por definir Boletín Oficial del
el beneficio que reporta la ocupación del dominio público, no se tuvo en consideración las ofertas más ventajosas.
e) El día 5 de enero del 2005 se emiten certificados de disponibilidad para los 39 solicitantes, condicionados a la obtención de potencia eólica por parte de la Consejería de Industria.
f) En el caso del Cabildo Insular de Gran Canaria se dieron las mismas omisiones que las expuestas en el apartado c), con la única salvedad de que se publicó en el
Boletín Oficial de Canarias de 29 de noviembre de 2004.
Cuarto.- En este punto se establece la secuencia cronológica de hechos vinculados con la actuación de D. Luis Soria, en su etapa de consejero de Industria, ante las
advertencias hechas por el Grupo Parlamentario Socialista Canario en relación con el concurso eólico.
a) El día 4 de noviembre del 2004, en la comparecencia solicitada por el Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre las bases que regulan el concurso, se le alertó al consejero de la ambigüedad de las bases, de la inseguridad jurídica que ocasionaban y de la importancia de regular este gran negocio con la máxima transparencia.
b) El día 24 de noviembre del 2004, en el Pleno del Parlamento, se le pidieron explicaciones al Consejero de Industria sobre la injustificable renuncia de Megaturbinas
de Arinaga a participar en el concurso de adjudicación de potencia eólica.
c) En marzo del 2005 se publica en los medios de comunicación la denuncia de D. Alberto Santana contra el, en ese momento, director general de Industria, acusándolo
de remitir por correo electrónico a los empresarios D. Wilebaldo Luis Yánez y D. Daniel Fernández de Salamanca los días 7 y 8 de agosto del 2004 –tres meses antes de su publicación– las bases del concurso, así como los contactos públicos y privados, información del suelo con potencial eólico y reparto de comisiones.
d) En el Pleno celebrado el 5 abril del 2005, el Grupo Parlamentario Socialista preguntó a D. Luis Soria sobre esta denuncia y sobre la posibilidad de suspender
cautelarmente el concurso, respondiendo éste que ponía la mano en el fuego por todo su personal y que desconocía la denuncia.
e) Posteriormente, en la comparencia ante esta Comisión de Investigación, el ex Consejero declaró que se limitó a encargarle al viceconsejero que le preguntara a D. Celso Perdomo sobre los hechos y, al responder éste que no era cierto, lo creyó y no encontró oportuno realizar investigación interna alguna.
f) D. Luis Soria desechó la posibilidad de investigar, fácilmente, la veracidad de los correos electrónicos a través del CiberCentro, que es el servidor del Gobierno de
Canarias y depende de la Consejería de Industria.
g) La negativa a responder del ex Consejero el Sr. Don Luis Soria ante esta Comisión, al ser preguntado por el presunto pago que había recibido por parte de los empresarios representados por el Sr. Guzmán.
Quinto.- Se enumeran a continuación los hechos relacionados con la investigación interna que se le encomendó a la actual consejera de Industria, Sra. Tejedor,
entre junio y octubre de 2005.
A.-El Parlamento de Canarias aprueba el 30 de junio del 2005 una Proposición no de Ley, en la que “insta al Gobierno de Canarias a que proceda, por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, a realizar una investigación que analice la denuncia presentada con respecto al concurso público para la asignación de potencia eólica en la modalidad de instalación de nuevos parques eólicos y cuyas circunstancias relacionadas con éste se estimen procedentes. De los resultados se dará cuenta al Parlamento.”
B.- Esta investigación emite informe de fecha 14 de Octubre del 2005, con las siguientes Conclusiones:
“1.- Dado el contenido de la denuncia, la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías debe abstenerse de calificar los hechos denunciados y limitarse a ponerlos
en conocimiento de los Tribunales.
2.- A los efectos de dar cumplimiento a la investigación instada por el Parlamento de Canarias, la actuación de la Consejería ha de quedar limitada al ámbito puramente
administrativo, esto es, comprobar la existencia de irregularidades de carácter administrativo durante la tramitación de la convocatoria y las faltas disciplinarias
cometidas por empleados públicos.
3.- No se advierte la participación de otras personas vinculadas actualmente a la Consejería en los hechos denunciados, ni la existencia de otros hechos -distintos de los denunciados- que pudieran ser constitutivos de faltas disciplinarias imputables al personal del Departamento.
4.- Sin prejuzgar la naturaleza y la evidencia de los hechos denunciados, de la investigación realizada no se desprende manifiestamente que la información supuestamente enviada usando una cuenta de los correos electrónicos
del Gobierno de Canarias tenga entidad suficiente para afectar a la validez de la convocatoria. No resulta por tanto oportuno promover la suspensión en la situación actual “
C) La investigación no se encargó al órgano con competencia en la materia, como es la Inspección General de Servicios, renunciando, por tanto, desde el primer momento, a no ser juez y parte, y habiéndose llevado a cabo la investigación por la propia Consejería investigada.
D) La investigación es encargada al Secretario General Técnico, que la llevó a cabo en un tiempo record de 3 meses, a pesar de tratarse de las vacaciones de verano.
E) La investigación carece de procedimiento y rigor, caracterizándose por actuaciones aisladas y sin conexión.
F) Sólo consta citado a declarar el ex Director General de Industria, D. Celso Perdomo, y no el resto de los denunciados.
G) Queda acreditada la existencia de un contacto injustificable entre el Secretario General Técnico y el ex Director General, D. Celso Perdomo, a quien aquél llama,
con la intención de lograr que éste último comparezca y haga manifestaciones quitando hierro al asunto.
H) Sin ser debidamente citado, uno de los denunciados, D. Wilebaldo Luis Yánez se pone en contacto con la Consejería, por medio de un correo electrónico, en el que,
en lenguaje muy coloquial, niega cualquier responsabilidad y les remite copia de las actuaciones judiciales que él había emprendido contra el denunciante, D. Alberto Santana. Dicha documentación, de manera incomprensible, se adjunta al expediente de la investigación interna, a pesar de carecer de relevancia con el objeto de la investigación.
I) D. Honorato López, jefe de Servicio de Desarrollo de Nuevas Energías y Ahorro Energético de la Consejería, y actualmente imputado en el procedimiento judicial penal,
emitió un informe que concluye que, entre las bases que presuntamente D. Celso Perdomo remitió a D. Wilebaldo Luis y a D. Daniel Fernández de Salamanca antes del
concurso y las que definitivamente se publicaron, existieron notables diferencias, lo que es absolutamente falso ya que la prima del suelo público y las características de los
aerogeneradores –que eran dos condiciones esenciales para obtener la máxima puntuación– permanecieron inalterables.
J) En la investigación hubo un retraso inexcusable a la hora de solicitar a la Dirección General de Telecomunicaciones, de la que depende orgánicamente el servidor de
todo el Gobierno de Canarias o CiberCentro, el informe sobre la veracidad de la remisión de los correos.
K) Nunca se solicitó la prueba pericial sobre la veracidad de los correos, a pesar de haber sido ofrecida por el denunciante en su escrito inicial.
Sexto.- En relación con el procedimiento judicial, se relatan los siguientes hechos:
a) En febrero de 2006 se conocen las detenciones e imputaciones, como consecuencia de la denuncia presentada en marzo de 2005 por D. Alberto Santana. Sorprendentemente, el Grupo Parlamentario Popular, que hasta ese momento no
había hecho nada, anuncia la petición de una comisión de investigación sobre el concurso eólico a la que se unieron los otros grupos parlamentarios.
b) Estas detenciones e imputaciones influyeron de forma importante en la Comisión, pues la mayoría de los imputados se negó a declarar, acogiéndose a su derecho constitucional.
c) Resulta significativo que los Ayuntamientos citados en los correos electrónicos, como contactos públicos fundamento de la denuncia judicial, todos gobernados por el Partido Popular, son los mismos que utilizaron el peculiar procedimiento de expedición de certificados de disponibilidad de suelo público mencionado con anterioridad.
III.CONCLUSIONES:
1.- La Comisión de Investigación concluye que ha quedado acreditada la existencia de una trama entre el ex Presidente de la Autoridad Portuaria, Sr. Arnaiz, el Presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria, D. José Manuel Soria, y el ex Consejero de Industria, D. Luis Soria, que tenía como fin favorecer a los hermanos Esquível.
2.- La Comisión de Investigación concluye que ha quedado acreditado que las bases del concurso recogidas en la Orden, de 14 de octubre de 2004, por la que se
convoca el concurso público para la asignación de potencia en la modalidad de instalación de nuevos parques eólicos, se elaboraron con la pretensión de ser aplicadas de forma arbitraria y beneficiando a los que habían tenido acceso a ellas con anterioridad a su publicación.
3.- La Comisión de Investigación concluye que ha quedado acreditado que el Cabildo Insular de Gran Canaria, presidido por D. José Manuel Soria, así como el Consejo
Insular de Aguas de Gran Canaria, organismo adscrito al propio Cabildo, y otras entidades municipales poseedoras de suelo público con potencial eólico, gobernadas todas por el Partido Popular –cuyo presidente regional es el propio D. José Manuel Soria– diseñaron sin ningún fundamento legal, infringiendo la normativa sobre bienes
de las entidades locales y prescindiendo totalmente de los preceptivos informes de las respectivas Secretarías Generales e Intervenciones Generales, un procedimiento
ilegal para adjudicar suelo público de potencial eólico a aquellas empresas que resultaran ganadores del concurso para la asignación de potencia eólica. De esta forma, y como elemento esencial de la trama organizada para favorecer a determinadas empresas, al margen de la legalidad, se ponía en manos de una única autoridad, el Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, D. Luis Soria, la decisión política tanto del concurso eólico como de la adjudicación de suelo público de potencial eólico perteneciente a determinadas entidades locales, Cabildo y Ayuntamientos del Archipiélago gobernados por el Partido Popular.
IV.- La Comisión de Investigación concluye que D. Luis Soria hizo caso omiso y obstruyó las peticiones de investigación hechas en sede parlamentaria por diputados del Grupo Parlamentario Socialista, a raíz de las graves noticias aparecidas en los medios de comunicación relativas a la denuncia presentada por un particular, sobre la remisión, por parte del ex Director General, D. Celso Perdomo, de las bases del concurso eólico, a determinados empresarios antes de su publicación, denuncia que, finalmente, produjo la detención y posterior imputación del Director General de Industria, del Jefe de Servicio de Desarrollo de Nuevas Energías y Ahorro Energético de la Consejería y de varios empresarios.
V.- La Comisión de Investigación concluye que la investigación interna que se llevó a cabo por la Consejera de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, Sra. Tejedor,
como consecuencia de una proposición no de ley presentada el 30 de junio de 2005 por el Grupo Parlamentario Socialista y apoyada por el resto de los grupos, fue una pantomima, sin ningún tipo de rigor, habiendo quedado de manifiesto la falta de voluntad investigadora por parte del Gobierno.
¡ARRIBA ESPAÑA!